La adquisición de una vivienda a través de un crédito hipotecario implica numerosos trámites y compromisos que van más allá de la mera firma de un documento. En este proceso, la figura del notario adquiere un protagonismo esencial para garantizar la seguridad jurídica tanto del prestatario como de la entidad financiera.
Para que el préstamo hipotecario y su garantía, generalmente una vivienda, tengan plena validez y eficacia legal, es imprescindible la intervención de un notario. Como funcionario público, el notario asegura la legalidad y transparencia en cada fase de la formalización del crédito. Su presencia salvaguarda los derechos de las partes y previene posibles fraudes y malas prácticas.
El protagonismo del notario no se limita a dar fe de la firma, sino que implica una labor de asesoramiento que consolida la confianza del consumidor en la operación. Bajo este prisma, la firma ante notario se convierte en un pilar fundamental del sistema hipotecario.
Con la entrada en vigor de la Ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario, se reforzó el papel del notario para proteger al prestatario. Entre las nuevas funciones destacan:
Sin la exposición de este acta notarial, no puede formalizarse la escritura del crédito. De esta manera, se refuerza la transparencia obligatoria y control riguroso en las operaciones hipotecarias.
La tramitación estándar para firmar un crédito hipotecario ante notario contempla dos visitas al notario, cada una con objetivos bien definidos:
La duración de la firma en la notaría suele oscilar entre una y dos horas si la documentación está completa y los asistentes están preparados.
En el acto de firma de la hipoteca intervienen diversos actores, cada uno con funciones específicas:
Prestatario: Es la persona que recibe el préstamo y tiene el derecho fundamental de elegir libremente al notario que formalizará la operación.
Notario: Comprueba la legalidad del contrato, asesora al prestatario y certifica el cumplimiento de todas las obligaciones legales.
Banco o entidad financiera: Entrega la documentación y firma el contrato de crédito.
Gestoría: Aunque no firma la escritura, gestiona trámites previos y posteriores, incluida la inscripción en el Registro de la Propiedad.
Registrador de la Propiedad: Inscribe la hipoteca una vez presentada la escritura, asegurando su eficacia frente a terceros.
Para garantizar la protección del consumidor, el notario debe entregar y explicar al prestatario los documentos clave del préstamo:
En la primera visita, el notario revisa cada documento y realiza el test de comprensión, quedando todo reflejado en el acta notarial.
El papel notarial implica una función educativa y de protección que dificulta la inclusión de cláusulas abusivas y refuerza la confianza del cliente. Además, el asesoramiento es gratuito para el prestatario; las entidades no pueden repercutir este coste en la minuta de la hipoteca.
Gracias a estas medidas, el prestatario cuenta con una barrera adicional contra posibles fraudes y recibe información clara y comprensible antes de asumir compromisos financieros de larga duración.
El legislador estableció un periodo de información con antelación obligatoria para proteger el derecho a la información y la libre decisión del cliente. A continuación, un resumen de plazos y duraciones:
Este calendario garantiza que el cliente no acelere decisiones y disponga de tiempo para comprender cada aspecto de su compromiso financiero.
El notario desempeña un papel irremplazable en la firma de un crédito hipotecario, actuando como garante de la legalidad, transparencia y derechos del consumidor. Gracias a las reformas de la Ley 5/2019, su labor de asesoramiento personalizado gratuito y dedicado y el test de comprensión ofrecen mayor seguridad al prestatario.
De este modo, se refuerza la protección jurídica efectiva y duradera para el consumidor, garantizando transparencia y respaldo en cada firma.
Referencias