Dividir un hogar tras el fin de un matrimonio es una de las experiencias más complejas. La combinación de aspectos emocionales, legales y económicos exige claridad y planificación para evitar sorpresas y proteger los intereses de ambas partes.
La disolución del vínculo matrimonial no exime a ninguna de las partes de sus responsabilidades hipotecarias. El préstamo sigue vigente en los mismos términos tanto para él como para ella, aunque dejen de convivir en el inmueble.
El banco mantiene a ambos como deudores solidarios hasta que se realice una novación, subrogación o cancelación expresa del préstamo. Por tanto, la obligación contractual del hipotecado continúa en vigor sin importar las cláusulas del convenio regulador.
Cuando existen hijos menores, el juez suele atribuir el uso de la casa a quien tenga la guarda y custodia, aunque esa persona no sea propietaria ni firme la hipoteca. Esto puede generar escenarios de responsabilidad compartida y conflictos si no se clarifican los términos.
Es importante distinguir entre titularidad del inmueble y condición de deudor hipotecario. Hay tres escenarios frecuentes en la práctica:
En todos los casos, quien figure en el préstamo debe responder ante el banco, incluso si no habita la casa.
Para gestionar la vivienda tras el divorcio, existen varias vías que pueden adecuarse a las necesidades personales y financieras de cada pareja.
Cada opción conlleva costes asociados y trámites administrativos que conviene prever.
El proceso de divorcio y reparto de bienes genera tensiones que suelen girar en torno a la vivienda.
Entre los desencadenantes más habituales encontramos:
El Tribunal Supremo ha reiterado que el pago de la hipoteca no es una “carga familiar”, sino un compromiso contractual frente a la entidad financiera.
Para minimizar riesgos y conflictos, es fundamental actuar de manera anticipada y coordinada:
Documentarse y contar con profesionales reduce la incertidumbre y el riesgo económico que supone mantener una hipoteca compartida tras el divorcio.
Si uno de los cónyuges asume el pago íntegro de la hipoteca, puede reclamar judicialmente la mitad de las cuotas abonadas al otro firmante. Asimismo, no todos los bancos aceptan novaciones o subrogaciones; suelen requerir garantías adicionales y un historial crediticio impecable.
Finalmente, la venta o alquiler de la vivienda puede resultar una solución equilibrada cuando ninguna de las partes puede asumir la responsabilidad a largo plazo. Este enfoque permite cancelar la deuda hipotecaria y repartir el patrimonio de forma justa, cerrando un capítulo con estabilidad económica y emocional.
Referencias